Evangelio del Día

 

V Congreso Eucarístico Nacional del 5 al 9 de octubre de 2011

 

 

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Los que habían sido Bautizados se dedicaban con perseverancia a escuchar la enseñanza de los apóstoles, vivían unidos y participaban en la fracción del pan y en las oraciones. Todos estaban impresionados, porque eran muchos los prodigios y señales realizados por los apóstoles. Todos los creyentes vivían unidos y lo tenían todo en común. Vendían sus posesiones, haciendas y las distribuían entre todos, según las necesidades de cada uno. Con perseverancia acudían diariamente al templo, partían el pan en las casas y compartían los alimentos con alegía y sencillez de corazón; alababan a Dios y se ganaban el aprecio de todo el pueblo. de los creyentes aquellos que aceptaban la salvación.
Hch. 2.42-47

 

 

 

 

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NOTICIA IMPORTANTE

 

 
 
 

 

DECRETO

Yo, Monseñor RAFAEL ROMO MUÑOZ, por la gracia de Dios y de la Santa Sede, Arzobispo de Tijuana, reconociendo que “Existen en la Iglesia asociaciones distintas de los institutos de vida consagrada y de las sociedades de vida apostólica, en las que los fieles, clérigos o laicos, o clérigos junto con laicos, trabajando unidos, buscan fomentar una vida más perfecta, promover el culto público, o la doctrina cristiana, o realizar otras actividades de apostolado, a saber, iniciativas para la evangelización, el ejercicio de obras de piedad o de caridad y la animación con espíritu cristiano del orden temporal” (c. 298) y teniendo en cuenta que los fieles tienen derecho a fundar asociaciones para fines de caridad o de piedad (c 215), habiendo seguido las instrucciones sugeridas a este respecto en el Directorio para el Ministerio Pastoral de los Obispos Apostolorum Successores en el núm. 107, haciendo uso de la facultad que el Derecho Universal otorga al Obispo Diocesano para erigir, en su territorio, asociaciones públicas de fieles, a tenor del c 312 §1,3, y habiendo analizado, consultado debidamente, por el presente

DECRETO

ERIJO EN ESTA ARQUIDIÓCESIS DE TIJUANA LA ASOCIACIÓN PÚBLICA DE FIELES (c 301) DENOMINADA “COMUNIDAD KOINONIA”, QUE TIENE COMO FIN VIVIR LOS PRECEPTOS EVANGELICOS Y EL ANUNCIO DE LA BUENA NUEVA.

Dicha Asociación Pública de Fieles gozara de los derechos y tendrá las obligaciones señaladas en el Derecho Universal (Código de Derecho Canónico), y se regirá por las normas señaladas en el mismo Derecho y los estatutos propios, QUE APRUEBO también, por el presente decreto, debiéndose hacer una revisión de ellos en el plazo de dos años a partir de esta fecha.

Su lugar de reunión se ubicara en la Parroquia de Nuestra Sra. de la Encarnación, y su Asesor Eclesial será, como hasta ahora, el P. Jefrey David Newell, y será competencia exclusiva del Obispo el nombramiento del Asesor Eclesial.

Se recomienda encarecidamente a los fieles de esta Asociación que con esmero conozcan y estudien a profundidad la exhortación Apostólica de Su Santidad Juan Pablo II: Christifideles Laici“sobre vocación y misión de los laicos en la iglesia y en el mundo”, cuidar la participación pastoral en la vida parroquial y Diocesana y procurar la formación permanente en las diferentes áreas de la vida cristiana.

Pido que presenten una lista de los miembros con promesas y de los miembros en formación, así como un informe de los bienes y de las actividades apostólicas y caritativas que se realizan. Asimismo he designado al Pbro. Antonio Beltrán Coronado, Secretario Canciller, para que dé continuidad a su desarrollo y vitalidad, por tanto, les pido mantener una estrecha relación y comunión con el.

Que el Señor Jesús nos dé el don de su Espíritu para que podamos discernir y fortalecer esta obra que ahora tomamos bajo el cuidado de esta Arquidiócesis, y que desempeña una labor tan delicada y necesaria para nuestra iglesia y para la situación actual de nuestro mundo a favor de la Evangelización.

Dado en la Cuidad Episcopal de Tijuana, B.C., México, a los 29 días del mes de diciembre de año 2011.


+Rafael Romo Muñoz

Arzobispo de Tijuana

Pbro. Antonio Beltrán Coronado

Secretario Canciller

 

 

 

 

Pena de dimisión del estado clerical al Sr. Raymundo Figueroa Pérez

Escrito por Medios   
viernes, 06 de enero de 2012

 

Tijuana, B.C., a 6 de enero de 2012.

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A los señores sacerdotes, religiosos y religiosas;

a todo el Pueblo de Dios que peregrina en esta Arquidiócesis de Tijuana, especialmente a los fieles de Playas de Rosarito:

Que el amor de Dios manifestado en Cristo nacido para nuestra salvación ilumine su caminar en este año nuevo 2012.

                                         

Con profundos sentimientos de padre y pastor, les comunico que, después de una prolongada serie de acontecimientos, concluye una etapa dolorosa para nuestra Iglesia particular de Tijuana, iniciada en mayo de 2009: la del conflicto suscitado por el entonces presbítero Raymundo Figueroa Pérez.

 

Después de agotar los recursos de diálogo, se procedió al juicio eclesiástico en su contra, en cuyo proceso la Sagrada Congregación para el Clero en Roma fue paulatinamente girando indicaciones y analizando de manera exhaustiva el caso.

 

Finalmente, dicha Congregación, mediante decreto protocolizado con el Núm. 2011 2624/F, el 9 de noviembre pasado emitió su fallo, imponiendo la pena de dimisión del estado clerical al Sr. Raymundo Figueroa Pérez, y explicitando que se trata de una decisión suprema e inapelable, que no es susceptible de ningún recurso.

El decreto vaticano lo deja sin los derechos y oficios del estado clerical, pero también lo libera de las obligaciones inherentes a la sagrada ordenación, entre ellas el celibato sacerdotal.

 

El Sr. Figueroa ha quedado, pues, expulsado de todo ejercicio sacerdotal, y su situación en la Iglesia es como la de todo fiel cristiano laico. Además, la pena impuesta por la Santa Sede le impide tener cargos pastorales o administrativos en la Iglesia, así como enseñar o exponer doctrina en cualquier institución católica.


 

Su dimisión significa también que los sacramentos que atente celebrar son inválidos. A partir del 9 de noviembre de 2011, fecha en que Su Santidad el Papa Benedicto XVI determinó su expulsión a través de la Sagrada Congregación para el Clero, ya no hay dudas sobre posibles excepciones: La Iglesia Católica no le reconoce ningún sacramento como válido.

 

Por último, como la dimisión del estado clerical no conlleva la excomunión, exhorto al Sr. Raymundo Figueroa Pérez a que participe en la vida del Pueblo de Dios, de un modo congruente con su nueva condición, y así se muestre como buen hijo de la Iglesia.

 

 

 

 

 

+ Rafael Romo Muñoz

Arzobispo de Tijuana

 

 

Doy Fe:

Pbro. Antonio Beltrán Corando

Secretario Canciller

 

 

 

 


 

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La Nota del Año

Tijuana.- Fue la sede del V Congreso Eucarístico Nacional, se reunieron 42 delegados de las distintas ciudades que tienen obispos en México, para desarrollar tal evento que sucede cada cuatro años y que en esta ocasión se programó del 5 al 9 de octubre de 2011. En Tijuana B.C.

 

 

 

 


 

 

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